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IDAIP impone multa a Secretaria de Salud por incumplir 3 resoluciones

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 Sanción de 50 salarios mínimos vigentes en el estado de Durango por cada una de las resoluciones incumplidas.

 Aprueba Consejo se constituya el Comité de Transparencia del IDAIP.


Por incumplimiento a tres resoluciones definitivas del Consejo General del IDAIP, este órgano garante del acceso a la información pública acordó por unanimidad imponer tres multas a la Secretaría de Salud del Estado de Durango de 50 días del salario mínimo vigente en el estado. Asimismo se resolvieron dos recursos de revisión, uno en contra de la Secretaría de Finanzas y Administración y otro en contra del municipio de San Bernardo.

 

Luego de conocer de la situación del desacato a las resoluciones del Consejo General del Instituto por parte de la Secretaría de Salud,  el comisionado presidente Héctor Carriedo Sáenz y sus colegas María de Lourdes López Salas y Alejandro Gaitán Manuel,  votaron unánimemente por la sanción económica de 50 salarios mínimos vigentes en el Estado por cada una de las resoluciones incumplidas por parte de la dependencia gubernamental.

 

En este sentido, cabe resaltar que estas son las últimas resoluciones que se sancionan de acuerdo a la Ley de Transparencia anterior, ya que la ley no es retroactiva, sin embargo, los  acuerdos de recurso de revisión que se promuevan con fecha del 5 de mayo  de 2016 en adelante y que no cumplan los acuerdos del Consejo General del IDAIP, de llegar a la multa, serán castigados con penalidades que van de 250 a 2500 salarios mínimos vigentes, los que recaerán en el sujeto obligado responsable y no en la institución.

 

La comisionada Lourdes López por su parte, expuso en otro punto del orden del día, recurso de revisión promovido en contra de la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado, en donde se solicitaba CURP y RFC de una persona, por lo que basados en los artículos 5 fracciones VIII y XII, 112 y 116  de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango, se confirmó la respuesta del sujeto obligado al solicitante en el sentido de que son datos personales de carácter confidencial, por lo que es obligación legal protegerla y resguardarla y en consecuencia no se puede proporcionar la información.

 

Por su parte, el comisionado Alejandro Gaitán Manuel presentó el recurso de revisión en contra del Municipio de San Bernardo, el cual fue sobreseído por no ser de la competencia del Ayuntamiento, sin embargo, se les recomendó que deben ser más eficientes en los plazos de la respuesta.

 

En esta VII sesión ordinaria del Consejo General de instituto duranguense, se le dio entrada al informe de actividades de la Contraloría del IDAIP, correspondiente a los meses de abril, mayo y junio y se aprobó la constitución del Comité de Transparencia de este órgano garante, integrado por el los titulares de la Contraloría, de la Coordinación Jurídica y de la Unidad de Transparencia.