- Se modifica la denominación de la Comisión Estatal para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública. Durango, por la de, Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos;
- Se otorga el rango de Instituto a este órgano garante;
- Se establecen los principios que rigen el derecho de acceso a la información en el Estado de Durango;
- Se establece la incorporación de sujetos obligados, como lo son los sindicatos, los fideicomisos y fondos públicos, y las personas físicas o morales que ejerzan recursos públicos;
- El Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos es un órgano constitucionalmente autónomo;
- Se expresa el objetivo del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos;
- Establece la conformación del Consejo General del Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos;
- Permanencia de los Comisionados, ahora Consejeros, en su cargo; y
- Lo relativo a la legislación secundaria y reformas para adecuar el marco normativo del derecho de acceso a la información, la protección de datos personales, los archivos públicos, entre otros aspectos legales.
La Comisión Estatal para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública. Durango (CETAIP) cambia de denominación, según lo dispone el texto constitucional recién aprobado mediante Decreto 540, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el pasado 29 de agosto del año en curso, que determina entre otros aspectos designar a la CETAIP, como Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales (IDAIP).
En tal sentido, el ahora Consejo General del IDAIP celebró sesión extraordinaria con la finalidad de analizar los principales aspectos de la Reforma Integral a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango que inciden en este órgano garante de la transparencia, destacando los siguientes:
En tal virtud, los Consejeros del IDAIP consideran trascendentales las reformas mencionadas, ya que con ellas se fortalece el marco jurídico que regula el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y demás temas inherentes; estableciendo para este Instituto, facultades que le permitirán consolidar su labor, continuar garantizando, capacitando, promoviendo y difundiendo el derecho de acceso a la información pública, la transparencia y la protección de datos personales a efecto de dar continuidad al cumplimento de las atribuciones que les han sido conferidas.