Acceso a la información pública privilegia el anonimato: IDAIP
El derecho de acceso a la información pública, privilegia el anonimato del solicitante, por tanto, bajo ninguna circunstancia deben realizarse actos de intimidación o amenazas para limitar a las personas que realizan alguna solicitud ante cualquier autoridad, advirtió la comisionada presidenta del IDAIP, Paulina Compean Torres.
En ese sentido, explicó que cualquier persona podrá ejercer su derecho de acceso a la información, sin tener que justificar o explicar su solicitud, así como el uso que le dará a la información; por lo que, no es requisito indispensable identificarse para la procedencia de la solicitud.
Puntualizó que el derecho de acceso a la información, implica que las personas puedan requerir y obtener de cualquier autoridad, entidad, órgano, y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, candidatos independientes, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado de Durango y los municipios, documentos que generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven en sus archivos.
Compean Torres, enfatizó que toda la información que posean los sujetos obligados en el ámbito estatal, es pública, tal como lo dispone la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango, excepto aquella que sea clasificada como reservada o confidencial.
Reiteró que el acceso a la información pública es un derecho humano que comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que obre en poder de los sujetos obligados; así lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución local, y la ley reglamentaria de este derecho: la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango.
Adicionalmente, indicó que se han establecido otras herramientas, como la Plataforma Nacional de Transparencia, que facilitan y potencian el ejercicio del mencionado derecho, ya que desde cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet es posible generar solicitudes y recibir por ese medio los documentos o datos requeridos.