Exhorta IDAIP a no suspender publicación de obligaciones de transparencia durante este proceso electoral

Exhorta IDAIP a no suspender publicación de obligaciones de transparencia durante este proceso electoral

12/05/2021 Uncategorized 0

En su XIII Sesión Extraordinaria, el Consejo General del IDAIP Durango, acordó por unanimidad, exhortar a todos los sujetos obligados para que durante el #ProcesoElectoral2021, no suspendan la publicación de sus obligaciones de #transparencia.

Aquí el #Exhorto:

El Instituto Duranguense de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales (IDAIP) es un órgano constitucional autónomo encargado de garantizar y hacer efectivos los derechos fundamentales previstos en los artículos 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 29, 136 y 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; así como en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango (LTAIPED) y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Durango (LPDPED); por lo tanto el Consejo General emite el siguiente Pronunciamiento.

Considerando:

P R I M E R O.-  Que el acceso a la información pública es un derecho fundamental reconocido internacionalmente por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Derivado de lo anterior se considera un derecho de toda persona, indispensable para promover la transparencia de las instituciones gubernamentales y para fomentar la participación ciudadana en la toma de decisiones. – – – – – – – – – – – – – – –

S E G U N D O.- Que los artículos 67 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 62 de LTAIPED disponen que la información referente a obligaciones de transparencia, publicada por los sujetos obligados, no constituye propaganda gubernamental, de ahí que los sujetos obligados durante los procesos electorales, desde el inicio de las precampañas y hasta la conclusión del proceso electoral, deberán mantener accesible la información en el portal de obligaciones de transparencia que por ningún motivo debe deshabilitarse, así como en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT). – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

T E R C E R O.- Que los sujetos obligados, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en sus respectivos medios electrónicos, la información que se describe en el Título Quinto, capítulos II (de las obligaciones de transparencia comunes) y III (de las obligaciones de transparencia específicas de los sujetos obligados), ambos capítulos de la LTAIPED. – – – – – – – – –

C U A R T O.- Que la difusión de las obligaciones de transparencia comunes y específicas por parte de los sujetos obligados, denominados: Poder Ejecutivo; Poder Legislativo; Poder Judicial; órganos constitucionales autónomos; instituciones de educación superior públicas dotadas de autonomía; partidos políticos con registro en el Estado; los Ayuntamientos de los Municipios y sus organismos, así como los sindicatos que reciben y ejercen recursos públicos, en ningún caso debe considerarse como propaganda política, ya que, además de constituir un derecho humano fundamental, la transparencia y el acceso a la información, propicia la vigilancia social y la rendición de cuentas, al tiempo que se cumple con el marco normativo constitucional y legal de las materias electoral, de transparencia y acceso a la información. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

Por lo anterior, el Consejo General del IDAIP EXHORTA a todos los sujetos obligados para que durante el actual proceso electoral, por ningún motivo suspendan la publicación de sus obligaciones de transparencia comunes y específicas y, por el contrario, permanezcan activas y actualizadas en forma permanente sus respectivas páginas web y Plataforma Nacional de Transparencia, evitando así quedar sujetos a las sanciones que señalan los artículos 165, fracciones II y VI y 174, fracciones l y II y último párrafo de la LTAIPED. – – – – – – – –    

Victoria de Durango, Dgo., a 12 de mayo de 2021

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